jueves, 21 de julio de 2016

SERVICIOS TRIBUTARIOS Y CONTABLES - DECLARACIONES SRI - SUPERCIAS - MRL - IESS









GRUPO NIETO & NIETO
Ofrece servicios profesionales dirigidos a Sociedades y Personas Naturales (Obligadas y No obligadas a llevar contabilidad) tales como:








SRI
Declaración de IVA Mensual
Declaración de IVA Semestral
Declaración de Retenciones En la Fuente Mensual
Declaración de Impuesto a la Renta
Declaración Patrimonial
Anexo Transaccional Simplificado - ATS
Anexo Relación de Dependencia - RDEP
Anexo Gastos Personales - AGP
Anexo Retenciones en la Fuente por otros conceptos
Anexo Dividendos - ADI
Anexo Participación de Socios – APS
Devoluciones de Impuestos
Tramites varios relacionados con el ente de control

SUPERCIAS
Presentación de Balances Anuales
Respuesta a Requerimientos Societarios             
Tramites varios relacionados con el ente de control

IESS
Apertura de número patronal
Avisos de entrada, salida
Impresión de planillas
Generación de Comprobantes de Pago Mensual
Elaboración de Roles de pago
Manejo de nómina
Tramites varios relacionados con el ente de control

 Ministerio de Trabajo
Elaboración y registro de Contratos
Elaboración y registro de Actas de Finiquito
Elaboración y registro de décimo 3ro, 4to y Utilidades -Compensación Salario Digno
Tramites varios relacionados con el ente de control

• Dir.: Urb. Samanes 4 Mz. 404 V. 6
• Telf.: + (593 4) 2219978
• Cel. : + (593 9) 93810054

www.gruponietoynieto.com
Guayaquil - Ecuador

lunes, 17 de junio de 2013

DOCUMENTOS EMITIDOS POR INTERNET


 El Servicio de Rentas Internas con el objetivo de optimizar la atención y asistencia a los contribuyentes, pone a disposición de la ciudadanía, documentos automáticos emitidos por Internet, disponibles las 24 horas del día y los 365 días del año, en la sección Servicios en Línea de la página web institucional www.sri.gob.ec.
Los documentos automáticos que podrá obtener son:
  • Preinscripción del RUC
  • Certificado de no Inscripción en el RUC
  • Reimpresión del RUC
  • Suspensión del Registro Único de Contribuyentes para personas naturales.
Para los dos últimos certificados, es importante que el contribuyente tenga su clave, la misma que la podrá obtener en todas las agencias del SRI a nivel nacional.
Los Certificados Automáticos emitidos por Internet cuentan con un código de validación, que permite verificar la autenticidad de los mismos, por lo tanto, estos son documentos válidos en caso de ser requeridos por cualquier otra institución pública o privada.
Desde que el Servicio de Rentas Internas inicio con la emisión de documentos automáticos emitidos por internet hasta mayo de 2013, se han generado aproximadamente 22.500 Certificados de No Inscripción en el RUC, 206.000 Reimpresiones del RUC, 16.500 Suspensiones del RUC y 460 Pre-inscripciones del RUC.

Fuente: SRI - website

viernes, 7 de junio de 2013

PAGO DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EN FORMULARIO 115

El Servicio de Rentas Internas recuerda a la ciudadanía que, según Resolución NAC-DGERCGC12-00231desde mayo de 2013 se deberá utilizar únicamente el Formulario 115 para el pago del Anticipo de Impuesto a la Renta.
Los Anticipos de Impuesto a la Renta 2013 deben ser pagados en julio y septiembre del presente año, según el noveno dígito de RUC.

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

TERCERA CUOTA DE IMPUESTO A LA RENTA 2012




Durante el año 2012 se dio una carga innecesaria de obligaciones generadas por la omisión de información en ciertos casilleros del formulario de Impuesto a la Renta por parte de los contribuyentes. Por ello, el Servicio de Rentas Internas, con el afán de que no sea perjudicado el Estado Tributario de los contribuyentes y considerando las implicaciones que esto acarrea, realiza campañas de comunicación para que procedan a realizar las rectificaciones necesarias mediante declaraciones sustitutivas, de acuerdo a la normativa tributaria.
El procedimiento para corregir la tercera cuota del anticipo del Impuesto a la Renta del año 2012 de sociedades y obligados a llevar contabilidad es el siguiente: deben realizar una declaración sustitutiva de Impuesto a la Renta 2012, corregir el casillero 841 de la declaración de Renta 2012, colocando el valor del anticipo calculado (trasladar el valor del casillero 879 de la declaración IR 2011). Corregir el casillero 845 de la declaración de Renta 2012, colocando el valor que falta por pagar del anticipo (trasladar el valor del casillero 873 de la declaración de Renta 2011).

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL ANEXO ATS



El SRI comunica a todos los contribuyentes sujetos pasivos que presentan el Anexo Transaccional (ATS), que debido a modificaciones en la estructura  y con el fin de brindar un mayor asesoramiento, se amplían los plazos de presentación de acuerdo al siguiente cronograma:

PERÍODO FISCALMES A PRESENTAR
Enero y febrero 2013Julio 2013
Marzo y abril 2013Agosto 2013
Mayo y junio 2013Septiembre 2013
Julio y agosto 2013Octubre 2013
Septiembre 2013Noviembre 2013
Octubre 2013Diciembre 2013
Noviembre 2013Enero 2014
Diciembre 2013
Febrero 2014


Fuente: Servicio de Rentas Internas -  website

viernes, 22 de febrero de 2013

CONTRIBUYENTES PUEDEN EMITIR COMPROBANTES ELECTRÓNICOS


El SRI informa a la ciudadanía que desde el presente año pueden adherirse al nuevo esquema para la emisión de los siguientes comprobantes electrónicos: Facturas, Comprobantes de Retención, Notas de Crédito y de Débito y Guías de Remisión.
Desde el mes de febrero de 2012 el SRI implementó este esquema, con el que busca reducir costos directos e indirectos del cumplimiento voluntario de los contribuyentes y favorecer la disminución de la contaminación ambiental.
Algunos de los beneficios que ofrece la facturación electrónica son: 
  •  Los comprobantes electrónicos tienen exactamente la misma validez que aquellos de papel.
  • Mayor seguridad en el resguardo de los comprobantes y disminución de espacios físicos para su almacenamiento.
  • Seguridad y oportunidad en el envío y recepción de la información.
  • Contribución con el medio ambiente, con una reducción sustancial de papelería física.
  • La aprobación para emitir comprobantes electrónicos tiene vigencia indefinida.
El SRI pone a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes una herramienta gratuita que cumple las funciones para generar, emitir, firmar electrónicamente, enviar sus comprobantes para la autorización por parte de  la Administración Tributaria y visualizar la información, para descargarla haga click aquí.
Quienes deseen adherirse a este nuevo sistema deberán presentar su solicitud a través de la página web del SRI, en la aplicación “Comprobantes Electrónicos” / Servicios en Línea. Para mayor información haga click aquí, acérquese a las ventanillas del SRI a nivel nacional o llame al Call Center 1700 774 774. Vea la presentación sobre este tema aquí .

Fuente: Servicio de Rentas Internas - web site

miércoles, 13 de febrero de 2013

MÁS PLAZO PARA PRESENTAR ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO




Los contribuyentes que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Resolución No. NAC-DGERCGC12-00001, publicada en el Registro Oficial No. 618 del 13 de enero del 2012, están obligados a presentar el Anexo Transaccional Simplificado (ATS) tendrán los siguientes plazos para la entrega de la información correspondiente al ejercicio fiscal 2013:
 
PERÍODOSMES A PRESENTAR
ENERO, FEBRERO 2013MAYO 2013
MARZO Y ABRIL 2013JUNIO 2013
MAYO 2013JULIO 2013
JUNIO 2013AGOSTO 2013
JULIO 2013SEPTIEMBRE 2013
AGOSTO 2013OCTUBRE 2013
SEPTIEMBRE 2013NOVIEMBRE 2013
OCTUBRE 2013DICIEMBRE 2013
NOVIEMBRE 2013ENERO 2014
DICIEMBRE 2013FEBRERO 2014
 
La ampliación del plazo se debe a modificaciones en la estructura del anexo, las mismas que se originan por los cambios de los formularios vigentes; cabe recalcar que las especificaciones técnicas serán publicadas en nuestra página web en marzo del presente año.
 
Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

EN FEBRERO SE PRESENTA ANEXO DE GASTOS PERSONALES 2012


El SRI recuerda que están en la obligación de presentar el correspondiente Anexo, las personas naturales que durante el Ejercicio Fiscal 2012 hicieron uso de gastos personales deducibles iguales o superiores al 50% de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado, es decir USD 4.860,00 para el año 2012. 
Adicionalmente, la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y, en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales, esto es US$12.636,00, ya que para el año 2012 la fracción básica desgravada fue de US$9.720.00.
Sin perjuicio de los límites indicados en el párrafo anterior, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de impuesto a la renta en:                                   
Vivienda0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Educación0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Alimentación0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Vestimenta0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Salud 1,3 vecesUS$ 12.636,00 (2012)

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

ANEXO DE ACCIONISTAS, PARTÍCIPES, SOCIOS, MIEMBROS DE DIRECTORIO Y ADMINISTRADORES



El Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores fue aprobado por el SRI mediante Resolución NAC-DGERCG12-00777 publicada en el Registro Oficial No. 855 del 20 de diciembre de 2012. Los sujetos pasivos inscritos en el RUC como sociedades están obligados a presentar este anexo, de conformidad con la definición del artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
La información se presentará de manera anual, con corte al 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal, en el mes de febrero del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda la misma, considerando el noveno dígito del RUC del sujeto obligado. 
Lo expuesto anteriormente se aplicará también para aquellos sujetos pasivos obligados que fuesen constituidos con posterioridad a las referidas fechas, en el mismo ejercicio fiscal.
No obstante, si el sujeto obligado a la presentación del Anexo, ha tenido variación en la nómina de sus socios, accionistas, partícipes, miembros del directorio o administradores, en una fecha posterior a las antes señaladas y dentro del mismo ejercicio fiscal, éste deberá presentar dicha información en un nuevo Anexo al mes subsiguiente de ocurrido el cambio conforme a su noveno dígito del RUC, con corte al último día del mes de ocurrido el cambio.
Se encuentra publicada en el Portal la nueva versión del Anexo APS, para verla haga clic aquí. También se encuentra en el portal web la  opción para la carga de información, para acceder a la misma haga clic aquí.
Para conocer qué sociedades están exentas de esta obligación y para obtener mayor información sobre la presentación de este Anexo haga clic aqui, o comuníquese al Centro de Atención Telefónica 1700 SRI SRI (774 774).

La versión con la que se debe trabajar es la "aps 1.0.55"

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website


NUEVO ESQUEMA DE ANEXO RDEP POR CAMBIOS EN EL FORMULARIO 107



El SRI comunica a todos los contribuyentes sujetos pasivos que presentan el anexo RDEP que, desde el 7 de febrero 2013, el esquema para el envío de los archivos del anexo cambian debido a las modificaciones del formulario 107, de acuerdo a la resolución NAC-DGERCGC12-00829 publicada en el  R.O. 857 de 26 de diciembre de 2012.
Para obtener la ficha técnica y el catálogo haga clic aquípara mayor información sobre el formulario 107 haga clic aquí.  

Cabe señalar que la versión correcta para trabajar es la"rdep 3.0.7"

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

miércoles, 2 de enero de 2013

Este mes se podrán proyectar gastos deducibles para el IR hasta $ 13.234

Con la modificación de la  tabla de valores para el Impuesto a la Renta (IR), las personas naturales con ingresos mayores a los $ 10.180 que pagarán ese tributo deberán considerar que también se mueven los límites para deducir gastos personales para el periodo fiscal 2013.

La deducción total podrá ser hasta en el 50% del total de los ingresos gravados y no podrá superar el  rango máximo que para el ejercicio 2013 será hasta $ 13.234. El año pasado, el límite fue $ 12.636. Ese aspecto   se tendrá que tomar en cuenta este mes al realizar la proyección de gastos personales que debe ser entregada a la empresa para la que se labora.



Alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta se mantienen como rubros para deducir los gastos. Y como el Servicio de Rentas Internas (SRI) no ha modificado los ítems, se aplicarán los mismos que en el 2012. 

El año pasado, por ejemplo, se añadieron algunos ítems como servicios básicos, servicios de reparaciones en las casas, suplementos nutricionales, leche en fórmula y otros.

Mario Orellana, socio de la firma Fides Buró, explicó que para este año fiscal, las personas podrán deducir en cada uno de esos rubros hasta $ 3.308,50. La otra opción es que opten por usar el tope de $ 13.234 solo en el apartado de salud.

Orellana indicó que el contribuyente deberá ir acumulando a lo largo de este año las facturas que soporten los gastos que se proyectan este mes y que pueden ajustarse en octubre.

Este año los contribuyentes, además, deberán considerar que los trámites de declaraciones y presentación de anexos se receptarán solo por internet, pues Rentas Internas ya no acogerá los formularios físicos.

Así, por ejemplo, los anexos de gastos que corresponden al periodo fiscal 2012 deberán ser enviados por internet en febrero. El año anterior este proceso, que se efectúa para justificar los gastos reales, se realizó en junio porque entraba un número mayor de contribuyentes. 

Carlos Mackliff, gerente de Probitas Consultores, señaló que las personas que no han estado acostumbradas a efectuar sus trámites por internet deberán como primer paso obtener su clave y capacitarse en las instalaciones del SRI para que puedan declarar vía internet.

Luego de eso deberán descargar el programa DIMM formularios y anexos en la web (www.sri.gob.ec). En diciembre, el SRI habilitó una plataforma que permitía bajar ese programa desde cualquier sistema operativo. Antes, el limitante era que solo lo podían usar los que poseían Windows.

Según datos del ente recaudador, al cierre del 2012, más del 90% de las declaraciones ya se estaban receptando por internet. De hecho, el SRI estaba promoviendo desde mediados de año su uso paulatino de acuerdo al noveno dígito del Registro Único del Contribuyente (RUC). 

Mackliff indicó que el desconocimiento del proceso para declarar por internet no eximirá al contribuyente del pago de multas en caso de que no presente a tiempo sus declaraciones o anexos.

Pero, ¿qué diferencia hay entre declarar por internet frente a la anterior entrega del formulario físico? Jorge Ayala, gerente de la empresa Transfer Pricing Advisors, dijo que la declaración por internet supone una ventaja debido a que el sistema le permite ir detectando posibles errores en el cálculo de los impuestos. 

“Había un costo implícito para el contribuyente en el uso del papel y en el pago al banco, en términos de tiempo. A veces, se podían cometer errores y el formulario podía ser devuelto”, aseguró Ayala. 

En cambio, para el ente tributario el uso de internet le significará tener en línea los procesos de los contribuyentes, que le ayudarán a ejercer un control más efectivo.

Fuente: Diario El Universo - web


miércoles, 26 de diciembre de 2012

Registro Decimatercera Remuneración 2012


Para registrar el pago del décimo tercer sueldo, se deberá: comprar el formulario en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) a nivel nacional, ingresar a la página web www.relacioneslaborales.gob.ec, ingresar al link “Servicios en Línea”, luego dar clic en “Registro de 13°, 14° y Utilidades” y llenar los campos requeridos por el sistema.
Para finalizar el registro y legalizar el Informe Empresarial de la Decimatercera Remuneración se deberá presentar la documentación habilitante respectiva del 07 de enero al 01 de marzo del 2013, tomando en cuenta el noveno dígito del Registro único de Contribuyentes (RUC), de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación:







Los patronos del servicio doméstico no requieren comprar ni entregar el formulario, únicamente con su cédula deben realizar el registro de sus trabajadores  en la página http://salarios.mrl.gob.ec/
Fuente: Sitio Web Ministerio de Relaciones Laborales

miércoles, 19 de diciembre de 2012

NUEVA VERSIÓN DIMM PARA DECLARACIONES POR INTERNET


Con el objetivo de permitir que un mayor número de contribuyentes acceda a las declaraciones por Internet, el SRI pone a disposición de los usuarios la nueva versión del programa DIMM FORMULARIOS MULTIPLATAFORMA. Así la Administración Tributaria entrega a los contribuyentes una herramienta de fácil instalación y manejo para la declaración de impuestos
La característica esencial de éste nuevo programa es que puede ser instalado en cualquiera de los sistemas operativos más utilizados en el Ecuador y el mundo, por lo que el SRI recomienda leer detenidamente cada uno de los manuales disponibles y que se ajusten a sus necesidades.
Los Sistemas Operativos certificados que funcionan con la nueva versión DIMM son:
·         Windows 7 32 bits.
·         Windows 7 64 bits.
·         Windows XP Professional SP3 32 bits
·         Windows Vista
·         Linux - Red Hat 5.0
·         Linux - Ubuntu.
·         MAC
A partir del 1 de febrero del 2013, las nuevas versiones de formularios estarán disponibles únicamente para el DIMM MULTIPLATAFORMA y se dará de baja el DIMM Formularios para Windows actual.
El DIMM MULTIPLATAFORMA es una versión que podría requerir ajustes, por lo que el SRI solicita a los contribuyentes que en caso de tener un inconveniente técnico envíen un correo informando del mismo a la siguiente dirección:  sugformularios@sri.gob.ec  a fin de realizar las mejoras necesarias.
 Para descargar los manuales y programas haga click aquí

Fuente: SRI web site

jueves, 6 de diciembre de 2012

Ministerio autorizará los horarios especiales de trabajo en empresas


QUITO
Para pedir autorización, el patrono debe presentar consentimiento por escrito de cada trabajador que hará el horario especial.
Para pedir autorización, el patrono debe presentar consentimiento por escrito de cada trabajador que hará el horario especial.
A partir de este 4 de diciembre, los empleadores que mantienen horarios especiales de trabajo en sus negocios o industrias y que no han hecho constar esa modalidad en los contrato de trabajo de sus empleados, ni en el reglamento interno de la empresa, ni en el contrato colectivo, tienen que solicitar al Ministerio de Relaciones Laborales una autorización para mantener dichos horarios.

Si bien el artículo 55 del Código del Trabajo ya prevé la posibilidad de que existan horarios especiales con autorización del Ministerio del ramo, el Acuerdo Ministerial 169, publicado este 4 de diciembre en el Registro Oficial, regula la aplicación y procedimientos para autorizarlos.

En el acuerdo ministerial se definen tres modalidades. La primera es trabajar más de cinco días consecutivos y días adicionales o acumulados de descanso a los establecidos en la jornada ordinaria.

La otra opción es un trabajo de menos de cinco días consecutivos con intervalos de descanso menores a dos días consecutivos (que tiene la jornada ordinaria).

la tercera es un trabajo que implica horarios rotativos, sean diurnos, nocturnos o mixtos.

El analista en temas laborales Francisco López dice que con este acuerdo ministerial se definen mejor los horarios especiales que se utilizan mucho en establecimientos comerciales, donde sus trabajadores laboran en la tarde, en la noche o en fin de semana, pero a veces no se les paga el proporcional adicional por este tipo de horarios que son suplementarios.

Representantes de la Cámara de Industrias y Producción, consultados sobre el tema, indicaron que se pronunciarán sobre este tema y las reformas al Código del Trabajo la próxima semana.

Mientras, fuentes de la Cámara de Comercio de Quito señalaron que se trata de una normativa confusa y que sería preferible que se reforme el Código del Trabajo para flexibilizar la jornada ordinaria de labores que consiste en 8 horas diarias que suman 40 semanales, con 4 horas suplementarias diarias que significan 12 máximo en la semana.

Fuente: Diario El Universo - website

martes, 6 de noviembre de 2012

Compañías deben actualizar sus datos y renovar su clave



La Superintendencia de Compañías empezó desde el 1 de octubre el proceso para la actualización de la información general de las sociedades sujetas a su control y vigilancia, y el registro y obtención de claves de acceso al portal institucional.
El objetivo de esta medida, que se extenderá hasta el 28 de diciembre, es que el usuario ahorre tiempo evitando acudir a la Institución a realizar sus trámites, ya que podrá hacerlos en línea desde su oficina. Es decir, se facilitará a los representantes legales de las sociedades, una clave para ingresar al portal web institucional, y revisar la información de las compañías y sus obligaciones pendientes, así como enviar la información financiera y societaria a través de la red.
Para cumplir con este fin, la Superintendencia de Compañías tiene habilitada en su página web la opción Usuarios en línea mediante la cual los representantes legales o apoderados, según el caso, deben registrar los datos generales de la compañía, y generar el Formulario de Actualización de Datos, y la Solicitud  de Acceso y Declaración de Responsabilidad.
Con estos documentos y los de soporte, detallados en el reverso del Formulario de Actualización de Datos, el representante legal acudirá a cualquiera de las oficinas de la Superintendencia de Compañías a nivel nacional, para presentarlos conforme al cronograma establecido.
En caso de no presentar el formulario y solicitud en la fecha establecida, el usuario deberá entrar nuevamente a la web institucional para repetir el proceso y obtener una nueva fecha de presentación de los documentos.
Recuerde que el envío y la presentación de los estados financieros están sujetas a que primero se haga este proceso de actualización y se obtenga una nueva clave, mientras tanto se mantendrá deshabilitada la opción de ESTADOS FINANCIEROS en el sistema.

NUESTRO CRONOGRAMA DE ATENCIÓN  A LA CIUDADANÍA


PARÁMETRO DE CUMPLIMIENTO
FECHA DE PRESENTACIÓN
Compañías que se encuentren incumplidas en cuanto a la obligación contenida en los artículos 20 y 23 de la Ley de Compañías (presentación de estados financieros y sus anexos); así como aquellas compañías que habiendo cumplido esta obligación deseen realizar el proceso anticipadamente.
Desde 1 de octubre
Al 1 de noviembre del 2012
NOVENO DÍGITO DEL RUC
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN FÍSICA
1
16 de noviembre del 2012
2
21 de noviembre del 2012
3
26 de noviembre del 2012
4
29 de noviembre del 2012
5
4 de diciembre del 2012
6
10 de diciembre del 2012
7
13 de diciembre del 2012
8
18 de diciembre del 2012
9
21 de diciembre del 2012
0
28 de diciembre del 2012


Fuente : Superintendencia de Compañías del Ecuador - web site

martes, 23 de octubre de 2012

FORMULARIO DE GASTOS PERSONALES SE DEBE PRESENTAR EN OCTUBRE


El SRI recuerda que en octubre deben presentar nuevamente el formulario de Gastos Personales los contribuyentes bajo relación de dependencia que tengan ingresos superiores a la base imponible establecida para el presente año, que es de USD $9.720, o que perciban ingresos mensuales desde USD $810 en adelante.
Con este formulario el empleador deberá re-liquidar el Impuesto a la Renta proyectado en el mes de enero y, de ser el caso, procederá a realizar las retenciones correspondientes hasta el final del año.
Es importante mencionar que la deducción de gastos personales puede ser hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el presente año que es USD $12.636.
Para el presente año, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder los USD $3.159, excepto en gastos de salud, que pueden ser de hasta USD  $12.636.
El formulario para la deducción de Gastos Personales “GP” se encuentra disponible en la página web del SRI www.sri.gob.ec y deberá ser presentado por los contribuyentes bajo relación de dependencia a su respectivo empleador, el mismo que tiene la obligación de verificar que la información presentada por sus empleados esté de acuerdo a lo señalado en la normativa tributaria legal y reglamentaria vigente.
Cabe mencionar que el formulario de Gastos Personales se lo presenta dos veces al año como mínimo. La primera proyección debió haber sido entregada en enero y la segunda en el mes de octubre, realizando el ajuste respectivo de acuerdo a los comprobantes de venta de respaldo con los que ya cuenta el contribuyente y con la proyección de los meses restantes (noviembre y diciembre). Con la segunda presentación se pretende que los datos consignados en el formulario de deducción de gastos personales, sean más reales. Para descargar el formulario GP haga clic aquí

Fuente: Sri website

miércoles, 10 de octubre de 2012

Ajustes de tarifas por servicios bancarios

Resolución de Junta Bancaria para el último trimestre del 2012

La Junta Bancaria estableció nuevas tarifas máximas para los servicios que prestan las entidades financieras. Estos costos  estarán vigentes desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2012, según la resolución que fue publicada el pasado lunes en el Registro Oficial.

Servicios por cuentas corrientes:
Costo por cheque $ 0,30
Cheque devuelto nacional $ 2,79
Cheque devuelto del exterior $ 3,24
Cheque certificado $ 2
Cheque de gerencia $ 2,50
Revocatoria de cheques $ 3

Servicios de retiros:
Retiro de cajero automático de clientes de la propia entidad en otro cajero  $ 0,50
Retiro de cajero automático de clientes de otra entidad en cajero de la entidad  $ 0,50
Retiro de efectivo en corresponsales no bancarios de la propia entidad $ 0,35

Servicio de consultas

Impresión consulta por cajero automático $ 0,35

Servicio de referencias
Referencias bancarias $ 2,65
Corte impreso de movimientos de cuenta $ 1,83

Servicios de copias
Tarjeta de crédito y tarjeta de pago, copia de voucher / vale local $ 2
Tarjeta de crédito y tarjeta de pago, copia de voucher / vale en el exterior $ 10
Tarjeta de crédito copia de estado de cuenta $ 0,50

Servicios de transferencias

Transferencias en el exterior en oficina $ 55,49
Transferencias recibidas del exterior $ 10

Servicios de reposición

Reposición de libreta/ estado de cuenta por pérdida, robo o deterioro $ 1
Reposición de tarjeta de crédito o débito por pérdida, robo o deterioro $ 4,94

Servicio de emisión

Emisión de tarjeta de débito con banda lectora o chip $ 5,15

Servicio de renovación
Renovación anual con tarjeta de débito con banda lectora o chip $ 1,85

La Junta Bancaria reiteró además que son gratuitas:
La apertura y depósito de cuentas, la administración, manejo y consulta de cuentas, retiros de dinero y transferencias dentro de la misma entidad financiera, cancelación o activación de cuentas, reactivación de las mismas, pagos a tarjetas de crédito y la emisión y entrega de estados de cuentas.

Fuente. Diario El Universo

martes, 4 de septiembre de 2012

Servicios para reparar casas serán deducibles

Tratamientos para bajar de peso, suplementos nutricionales, leche en fórmula, derechos de grado, servicios de refacción, reparación o mantenimiento de vivienda. Esos ítems son parte de los gastos que podrán ser deducibles a partir de este año para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta (IR).

Los ‘nuevos’ deducibles se han comenzado a explicar en las capacitaciones que da el Servicio de Rentas Internas (SRI) a los contribuyentes y algunos se desprenden de una circular que, a manera ilustrativa, emitió la entidad en mayo. 

En ese documento se incorporaron como deducibles para el rubro de vivienda los servicios básicos (agua, gas, teléfono convencional) y gastos de servicios ligados a mantenimiento o reparación de una casa, que no estaban el año pasado.

Juan Miguel Avilés, director de la regional Litoral Sur del SRI, explicó que las personas deberán tomar en cuenta solo los gastos directamente imputables al rubro. Así, por ejemplo, si alguien hace arreglos funcionales en su vivienda, podrá deducir servicios por reparaciones y mantenimiento, pero no gastos de pinturas, tuberías o accesorios con fines decorativos o estéticos.

Ello implica que si alguien contrata una diseñadora para remodelar y equipar su casa, el SRI no aceptará esos gastos. 





Avilés indicó que el salario de una doméstica o trabajador remunerado del hogar tampoco podrá deducirse en vivienda o alimentación.

Carlos Mackliff, de Probitas Consultores, consideró que este aspecto se pudo incluir como una opción para deducir en vivienda debido a que ahora se obliga a la afiliación de las personas de servicio doméstico. 

Además, en los otros rubros se incluyen este año los productos naturales, transporte escolar, equipos de computación, intereses de créditos educativos y los accesorios para la salud.

El fisco asumirá como gastos de accesorios de salud la compra de muletas, sillas de ruedas, tratamientos dentales, tratamientos para bajar de peso y otros. 

Mientras que en alimentación se añade la adquisición de productos naturales y artificiales. Allí se considerará el agua, las bebidas no alcohólicas, suplementos nutricionales y la leche en fórmula. A nivel de educación también aceptará gastos de internet.

En octubre, las personas con relación de dependencia pueden hacer una revisión de las proyecciones que efectuaron a inicios de año y considerar algunos de los nuevos gastos.

En alimentación, vivienda, educación y vestimenta se puede hacer una deducción de hasta $ 3.159 en cada uno. Solo en salud se puede utilizar todo el monto límite de $ 12.636.

Fuente: Diario El Universo

martes, 21 de agosto de 2012

REIMPRESIÓN DE RUC



El Servicio de Rentas Internas, en su permanente búsqueda del mejoramiento integral de sus métodos, procedimientos y herramientas en la gestión de la Administración, ha enfocado sus esfuerzos en optimizar la interacción con los contribuyentes a través de servicios más eficientes que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En ese sentido, se encuentra a disposición de la ciudadanía en general la “Reimpresión de RUC por Internet”, que permitirá optimizar la atención y asistencia a los contribuyentes, potencializando los recursos tecnológicos de la Administración Tributaria para brindar mayores facilidades a los contribuyentes, a través de la realización en línea de solicitudes para la obtención de los certificados, lo que eliminará la necesidad de acudir a las oficinas del SRI y representará ahorro de tiempo para los usuarios.
En el siguiente archivo encuentre los pasos para obtener los certificados antes mencionados: Manual de Uso

martes, 17 de julio de 2012

Desempleo en Ecuador sube al 5,2% en segundo trimestre de 2012


EFE | QUITO
La tasa de desempleo urbano de Ecuador subió tres décimas en el segundo trimestre del año, con respecto a los tres meses anteriores, hasta colocarse en el 5,2%, según informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

Entre las mujeres, el desempleo se sitúa en el 5,8%, mientras que entre los hombres es del 4,8 %, de acuerdo con los datos del INEC.

Pese a la subida, el mercado laboral urbano tuvo un mejor comportamiento en el segundo semestre que en el mismo período del 2011, cuando el desempleo fue del 6,4 %.

Entre abril y junio de este año el porcentaje de personas subempleadas -individuos que trabajan menos de 40 horas semanales y desean trabajar más- cayó nueve décimas con respecto a los tres meses anteriores y se situó en el 43%.

Al mismo tiempo, el índice de desempleo urbano y rural, que solo se divulga dos veces al año, se situó en el 4,1%, frente al 4,2% de diciembre de 2011 y al 5% de junio del año pasado.

Según ese estudio, con un desempleo del 6,3% Guayaquil tiene la mayor tasa de desempleo entre las grandes ciudades de Ecuador, y Cuenca la menor, con 3,4%.

La economía ecuatoriana creció un 7,78% el año pasado, lo que redujo el desempleo urbano del 6,1% en diciembre de 2010 al 5,1% en diciembre de 2011.

El Banco Central prevé una expansión del Producto Interno Bruto (PIB) del 5,3% este año.

Fuente: Diario El Universo.