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miércoles, 2 de enero de 2013

Este mes se podrán proyectar gastos deducibles para el IR hasta $ 13.234

Con la modificación de la  tabla de valores para el Impuesto a la Renta (IR), las personas naturales con ingresos mayores a los $ 10.180 que pagarán ese tributo deberán considerar que también se mueven los límites para deducir gastos personales para el periodo fiscal 2013.

La deducción total podrá ser hasta en el 50% del total de los ingresos gravados y no podrá superar el  rango máximo que para el ejercicio 2013 será hasta $ 13.234. El año pasado, el límite fue $ 12.636. Ese aspecto   se tendrá que tomar en cuenta este mes al realizar la proyección de gastos personales que debe ser entregada a la empresa para la que se labora.



Alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta se mantienen como rubros para deducir los gastos. Y como el Servicio de Rentas Internas (SRI) no ha modificado los ítems, se aplicarán los mismos que en el 2012. 

El año pasado, por ejemplo, se añadieron algunos ítems como servicios básicos, servicios de reparaciones en las casas, suplementos nutricionales, leche en fórmula y otros.

Mario Orellana, socio de la firma Fides Buró, explicó que para este año fiscal, las personas podrán deducir en cada uno de esos rubros hasta $ 3.308,50. La otra opción es que opten por usar el tope de $ 13.234 solo en el apartado de salud.

Orellana indicó que el contribuyente deberá ir acumulando a lo largo de este año las facturas que soporten los gastos que se proyectan este mes y que pueden ajustarse en octubre.

Este año los contribuyentes, además, deberán considerar que los trámites de declaraciones y presentación de anexos se receptarán solo por internet, pues Rentas Internas ya no acogerá los formularios físicos.

Así, por ejemplo, los anexos de gastos que corresponden al periodo fiscal 2012 deberán ser enviados por internet en febrero. El año anterior este proceso, que se efectúa para justificar los gastos reales, se realizó en junio porque entraba un número mayor de contribuyentes. 

Carlos Mackliff, gerente de Probitas Consultores, señaló que las personas que no han estado acostumbradas a efectuar sus trámites por internet deberán como primer paso obtener su clave y capacitarse en las instalaciones del SRI para que puedan declarar vía internet.

Luego de eso deberán descargar el programa DIMM formularios y anexos en la web (www.sri.gob.ec). En diciembre, el SRI habilitó una plataforma que permitía bajar ese programa desde cualquier sistema operativo. Antes, el limitante era que solo lo podían usar los que poseían Windows.

Según datos del ente recaudador, al cierre del 2012, más del 90% de las declaraciones ya se estaban receptando por internet. De hecho, el SRI estaba promoviendo desde mediados de año su uso paulatino de acuerdo al noveno dígito del Registro Único del Contribuyente (RUC). 

Mackliff indicó que el desconocimiento del proceso para declarar por internet no eximirá al contribuyente del pago de multas en caso de que no presente a tiempo sus declaraciones o anexos.

Pero, ¿qué diferencia hay entre declarar por internet frente a la anterior entrega del formulario físico? Jorge Ayala, gerente de la empresa Transfer Pricing Advisors, dijo que la declaración por internet supone una ventaja debido a que el sistema le permite ir detectando posibles errores en el cálculo de los impuestos. 

“Había un costo implícito para el contribuyente en el uso del papel y en el pago al banco, en términos de tiempo. A veces, se podían cometer errores y el formulario podía ser devuelto”, aseguró Ayala. 

En cambio, para el ente tributario el uso de internet le significará tener en línea los procesos de los contribuyentes, que le ayudarán a ejercer un control más efectivo.

Fuente: Diario El Universo - web


martes, 4 de septiembre de 2012

Servicios para reparar casas serán deducibles

Tratamientos para bajar de peso, suplementos nutricionales, leche en fórmula, derechos de grado, servicios de refacción, reparación o mantenimiento de vivienda. Esos ítems son parte de los gastos que podrán ser deducibles a partir de este año para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta (IR).

Los ‘nuevos’ deducibles se han comenzado a explicar en las capacitaciones que da el Servicio de Rentas Internas (SRI) a los contribuyentes y algunos se desprenden de una circular que, a manera ilustrativa, emitió la entidad en mayo. 

En ese documento se incorporaron como deducibles para el rubro de vivienda los servicios básicos (agua, gas, teléfono convencional) y gastos de servicios ligados a mantenimiento o reparación de una casa, que no estaban el año pasado.

Juan Miguel Avilés, director de la regional Litoral Sur del SRI, explicó que las personas deberán tomar en cuenta solo los gastos directamente imputables al rubro. Así, por ejemplo, si alguien hace arreglos funcionales en su vivienda, podrá deducir servicios por reparaciones y mantenimiento, pero no gastos de pinturas, tuberías o accesorios con fines decorativos o estéticos.

Ello implica que si alguien contrata una diseñadora para remodelar y equipar su casa, el SRI no aceptará esos gastos. 





Avilés indicó que el salario de una doméstica o trabajador remunerado del hogar tampoco podrá deducirse en vivienda o alimentación.

Carlos Mackliff, de Probitas Consultores, consideró que este aspecto se pudo incluir como una opción para deducir en vivienda debido a que ahora se obliga a la afiliación de las personas de servicio doméstico. 

Además, en los otros rubros se incluyen este año los productos naturales, transporte escolar, equipos de computación, intereses de créditos educativos y los accesorios para la salud.

El fisco asumirá como gastos de accesorios de salud la compra de muletas, sillas de ruedas, tratamientos dentales, tratamientos para bajar de peso y otros. 

Mientras que en alimentación se añade la adquisición de productos naturales y artificiales. Allí se considerará el agua, las bebidas no alcohólicas, suplementos nutricionales y la leche en fórmula. A nivel de educación también aceptará gastos de internet.

En octubre, las personas con relación de dependencia pueden hacer una revisión de las proyecciones que efectuaron a inicios de año y considerar algunos de los nuevos gastos.

En alimentación, vivienda, educación y vestimenta se puede hacer una deducción de hasta $ 3.159 en cada uno. Solo en salud se puede utilizar todo el monto límite de $ 12.636.

Fuente: Diario El Universo