Mostrando entradas con la etiqueta deduccion de gastos personales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta deduccion de gastos personales. Mostrar todas las entradas

miércoles, 13 de febrero de 2013

EN FEBRERO SE PRESENTA ANEXO DE GASTOS PERSONALES 2012


El SRI recuerda que están en la obligación de presentar el correspondiente Anexo, las personas naturales que durante el Ejercicio Fiscal 2012 hicieron uso de gastos personales deducibles iguales o superiores al 50% de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado, es decir USD 4.860,00 para el año 2012. 
Adicionalmente, la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y, en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales, esto es US$12.636,00, ya que para el año 2012 la fracción básica desgravada fue de US$9.720.00.
Sin perjuicio de los límites indicados en el párrafo anterior, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de impuesto a la renta en:                                   
Vivienda0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Educación0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Alimentación0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Vestimenta0,325 vecesUS$ 3.159,00 (2012)
Salud 1,3 vecesUS$ 12.636,00 (2012)

Fuente: Servicio de Rentas Internas - website

martes, 23 de octubre de 2012

FORMULARIO DE GASTOS PERSONALES SE DEBE PRESENTAR EN OCTUBRE


El SRI recuerda que en octubre deben presentar nuevamente el formulario de Gastos Personales los contribuyentes bajo relación de dependencia que tengan ingresos superiores a la base imponible establecida para el presente año, que es de USD $9.720, o que perciban ingresos mensuales desde USD $810 en adelante.
Con este formulario el empleador deberá re-liquidar el Impuesto a la Renta proyectado en el mes de enero y, de ser el caso, procederá a realizar las retenciones correspondientes hasta el final del año.
Es importante mencionar que la deducción de gastos personales puede ser hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el presente año que es USD $12.636.
Para el presente año, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder los USD $3.159, excepto en gastos de salud, que pueden ser de hasta USD  $12.636.
El formulario para la deducción de Gastos Personales “GP” se encuentra disponible en la página web del SRI www.sri.gob.ec y deberá ser presentado por los contribuyentes bajo relación de dependencia a su respectivo empleador, el mismo que tiene la obligación de verificar que la información presentada por sus empleados esté de acuerdo a lo señalado en la normativa tributaria legal y reglamentaria vigente.
Cabe mencionar que el formulario de Gastos Personales se lo presenta dos veces al año como mínimo. La primera proyección debió haber sido entregada en enero y la segunda en el mes de octubre, realizando el ajuste respectivo de acuerdo a los comprobantes de venta de respaldo con los que ya cuenta el contribuyente y con la proyección de los meses restantes (noviembre y diciembre). Con la segunda presentación se pretende que los datos consignados en el formulario de deducción de gastos personales, sean más reales. Para descargar el formulario GP haga clic aquí

Fuente: Sri website