miércoles, 26 de diciembre de 2012

Registro Decimatercera Remuneración 2012


Para registrar el pago del décimo tercer sueldo, se deberá: comprar el formulario en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) a nivel nacional, ingresar a la página web www.relacioneslaborales.gob.ec, ingresar al link “Servicios en Línea”, luego dar clic en “Registro de 13°, 14° y Utilidades” y llenar los campos requeridos por el sistema.
Para finalizar el registro y legalizar el Informe Empresarial de la Decimatercera Remuneración se deberá presentar la documentación habilitante respectiva del 07 de enero al 01 de marzo del 2013, tomando en cuenta el noveno dígito del Registro único de Contribuyentes (RUC), de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación:







Los patronos del servicio doméstico no requieren comprar ni entregar el formulario, únicamente con su cédula deben realizar el registro de sus trabajadores  en la página http://salarios.mrl.gob.ec/
Fuente: Sitio Web Ministerio de Relaciones Laborales

miércoles, 19 de diciembre de 2012

NUEVA VERSIÓN DIMM PARA DECLARACIONES POR INTERNET


Con el objetivo de permitir que un mayor número de contribuyentes acceda a las declaraciones por Internet, el SRI pone a disposición de los usuarios la nueva versión del programa DIMM FORMULARIOS MULTIPLATAFORMA. Así la Administración Tributaria entrega a los contribuyentes una herramienta de fácil instalación y manejo para la declaración de impuestos
La característica esencial de éste nuevo programa es que puede ser instalado en cualquiera de los sistemas operativos más utilizados en el Ecuador y el mundo, por lo que el SRI recomienda leer detenidamente cada uno de los manuales disponibles y que se ajusten a sus necesidades.
Los Sistemas Operativos certificados que funcionan con la nueva versión DIMM son:
·         Windows 7 32 bits.
·         Windows 7 64 bits.
·         Windows XP Professional SP3 32 bits
·         Windows Vista
·         Linux - Red Hat 5.0
·         Linux - Ubuntu.
·         MAC
A partir del 1 de febrero del 2013, las nuevas versiones de formularios estarán disponibles únicamente para el DIMM MULTIPLATAFORMA y se dará de baja el DIMM Formularios para Windows actual.
El DIMM MULTIPLATAFORMA es una versión que podría requerir ajustes, por lo que el SRI solicita a los contribuyentes que en caso de tener un inconveniente técnico envíen un correo informando del mismo a la siguiente dirección:  sugformularios@sri.gob.ec  a fin de realizar las mejoras necesarias.
 Para descargar los manuales y programas haga click aquí

Fuente: SRI web site

jueves, 6 de diciembre de 2012

Ministerio autorizará los horarios especiales de trabajo en empresas


QUITO
Para pedir autorización, el patrono debe presentar consentimiento por escrito de cada trabajador que hará el horario especial.
Para pedir autorización, el patrono debe presentar consentimiento por escrito de cada trabajador que hará el horario especial.
A partir de este 4 de diciembre, los empleadores que mantienen horarios especiales de trabajo en sus negocios o industrias y que no han hecho constar esa modalidad en los contrato de trabajo de sus empleados, ni en el reglamento interno de la empresa, ni en el contrato colectivo, tienen que solicitar al Ministerio de Relaciones Laborales una autorización para mantener dichos horarios.

Si bien el artículo 55 del Código del Trabajo ya prevé la posibilidad de que existan horarios especiales con autorización del Ministerio del ramo, el Acuerdo Ministerial 169, publicado este 4 de diciembre en el Registro Oficial, regula la aplicación y procedimientos para autorizarlos.

En el acuerdo ministerial se definen tres modalidades. La primera es trabajar más de cinco días consecutivos y días adicionales o acumulados de descanso a los establecidos en la jornada ordinaria.

La otra opción es un trabajo de menos de cinco días consecutivos con intervalos de descanso menores a dos días consecutivos (que tiene la jornada ordinaria).

la tercera es un trabajo que implica horarios rotativos, sean diurnos, nocturnos o mixtos.

El analista en temas laborales Francisco López dice que con este acuerdo ministerial se definen mejor los horarios especiales que se utilizan mucho en establecimientos comerciales, donde sus trabajadores laboran en la tarde, en la noche o en fin de semana, pero a veces no se les paga el proporcional adicional por este tipo de horarios que son suplementarios.

Representantes de la Cámara de Industrias y Producción, consultados sobre el tema, indicaron que se pronunciarán sobre este tema y las reformas al Código del Trabajo la próxima semana.

Mientras, fuentes de la Cámara de Comercio de Quito señalaron que se trata de una normativa confusa y que sería preferible que se reforme el Código del Trabajo para flexibilizar la jornada ordinaria de labores que consiste en 8 horas diarias que suman 40 semanales, con 4 horas suplementarias diarias que significan 12 máximo en la semana.

Fuente: Diario El Universo - website

martes, 6 de noviembre de 2012

Compañías deben actualizar sus datos y renovar su clave



La Superintendencia de Compañías empezó desde el 1 de octubre el proceso para la actualización de la información general de las sociedades sujetas a su control y vigilancia, y el registro y obtención de claves de acceso al portal institucional.
El objetivo de esta medida, que se extenderá hasta el 28 de diciembre, es que el usuario ahorre tiempo evitando acudir a la Institución a realizar sus trámites, ya que podrá hacerlos en línea desde su oficina. Es decir, se facilitará a los representantes legales de las sociedades, una clave para ingresar al portal web institucional, y revisar la información de las compañías y sus obligaciones pendientes, así como enviar la información financiera y societaria a través de la red.
Para cumplir con este fin, la Superintendencia de Compañías tiene habilitada en su página web la opción Usuarios en línea mediante la cual los representantes legales o apoderados, según el caso, deben registrar los datos generales de la compañía, y generar el Formulario de Actualización de Datos, y la Solicitud  de Acceso y Declaración de Responsabilidad.
Con estos documentos y los de soporte, detallados en el reverso del Formulario de Actualización de Datos, el representante legal acudirá a cualquiera de las oficinas de la Superintendencia de Compañías a nivel nacional, para presentarlos conforme al cronograma establecido.
En caso de no presentar el formulario y solicitud en la fecha establecida, el usuario deberá entrar nuevamente a la web institucional para repetir el proceso y obtener una nueva fecha de presentación de los documentos.
Recuerde que el envío y la presentación de los estados financieros están sujetas a que primero se haga este proceso de actualización y se obtenga una nueva clave, mientras tanto se mantendrá deshabilitada la opción de ESTADOS FINANCIEROS en el sistema.

NUESTRO CRONOGRAMA DE ATENCIÓN  A LA CIUDADANÍA


PARÁMETRO DE CUMPLIMIENTO
FECHA DE PRESENTACIÓN
Compañías que se encuentren incumplidas en cuanto a la obligación contenida en los artículos 20 y 23 de la Ley de Compañías (presentación de estados financieros y sus anexos); así como aquellas compañías que habiendo cumplido esta obligación deseen realizar el proceso anticipadamente.
Desde 1 de octubre
Al 1 de noviembre del 2012
NOVENO DÍGITO DEL RUC
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN FÍSICA
1
16 de noviembre del 2012
2
21 de noviembre del 2012
3
26 de noviembre del 2012
4
29 de noviembre del 2012
5
4 de diciembre del 2012
6
10 de diciembre del 2012
7
13 de diciembre del 2012
8
18 de diciembre del 2012
9
21 de diciembre del 2012
0
28 de diciembre del 2012


Fuente : Superintendencia de Compañías del Ecuador - web site

martes, 23 de octubre de 2012

FORMULARIO DE GASTOS PERSONALES SE DEBE PRESENTAR EN OCTUBRE


El SRI recuerda que en octubre deben presentar nuevamente el formulario de Gastos Personales los contribuyentes bajo relación de dependencia que tengan ingresos superiores a la base imponible establecida para el presente año, que es de USD $9.720, o que perciban ingresos mensuales desde USD $810 en adelante.
Con este formulario el empleador deberá re-liquidar el Impuesto a la Renta proyectado en el mes de enero y, de ser el caso, procederá a realizar las retenciones correspondientes hasta el final del año.
Es importante mencionar que la deducción de gastos personales puede ser hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el presente año que es USD $12.636.
Para el presente año, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder los USD $3.159, excepto en gastos de salud, que pueden ser de hasta USD  $12.636.
El formulario para la deducción de Gastos Personales “GP” se encuentra disponible en la página web del SRI www.sri.gob.ec y deberá ser presentado por los contribuyentes bajo relación de dependencia a su respectivo empleador, el mismo que tiene la obligación de verificar que la información presentada por sus empleados esté de acuerdo a lo señalado en la normativa tributaria legal y reglamentaria vigente.
Cabe mencionar que el formulario de Gastos Personales se lo presenta dos veces al año como mínimo. La primera proyección debió haber sido entregada en enero y la segunda en el mes de octubre, realizando el ajuste respectivo de acuerdo a los comprobantes de venta de respaldo con los que ya cuenta el contribuyente y con la proyección de los meses restantes (noviembre y diciembre). Con la segunda presentación se pretende que los datos consignados en el formulario de deducción de gastos personales, sean más reales. Para descargar el formulario GP haga clic aquí

Fuente: Sri website